¿UN CRITERIO DE POLÍTICA DE ESTADO? ¿Un
atentado contra la paz?
Por: Oscar Dario SantoDomingo Payeras
Abogado Consultor
El Derecho Penal del Enemigo, en resumen, ha
sido conceptualizado como aquel que debe ser aplicado a una persona por el
hecho de ser peligroso y no por la comisión de un delito.
Esta teoría implica que los entes
investigadores y judiciales que representan la acción penal tienen que buscar,
concertar y construir estrategias, no muy santas, para el encarcelamiento, o
restricción de la libertad, permanente a sujetos considerados peligrosos.
Ahora bien, que sujetos encuadran en el
adjetivo de peligroso para aplicarles el Derecho Penal del Enemigo?
Entre los muchos sujetos que encuadran
perfectamente, es, acorde con base en el accionar actual de muchos fiscales y
magistrados de la justicia penal transicional colombiana, el preciso para los
actores políticos desmovilizados de las Autodefensas Unidas de Colombia quienes
han sido grandes protagonistas en la historia del conflicto armado nuestro.
Las Autodefensas Unidas de Colombia por medio
de un proceso de paz con el gobierno nacional, cuando más fortalecidos estaban
(políticamente y armados) tomaron una decisión transcendente para el mundo: Ser
ejemplo de paz y creer en la paz de Colombia. Esto abrió la puerta para un
marco jurídico interno, en principio justo, con la capacidad de superar todos
los escollos que exige la justicia internacional. La Ley 975 de 2005 fue la
concertada entre Gobierno y Autodefensas, dando seguridad jurídica a las partes.
El cambio de las reglas de juego:
Todo, en sus inicios fue de respeto mutuo entre
las partes, hasta que la Verdad fue tomando su rumbo. La paz se mostró como una
gran mole de mármol que iba tomando forma con el cincel de la verdad revelada
por las Autodefensas. La Verdad reveló quien es Colombia institucionalmente, y
de tajo, se dio a conocer quienes en realidad conformaban el congreso. A partir
de este momento, cambiaron las reglas de juego.
En un país donde las más altas instancias del aparato
judicial, e inclusive las pequeñas, dependen del congreso. Y siendo el Congreso
el que a su vez tiene la función pública
de crear la ley, las Autodefensas desmovilizadas por la paz quedaron a merced
de un gran monstruo apocalíptico y con mucho poder.
La Verdad de las Autodefensas confirmó una
verdad del pueblo: Un Congreso enfermo conformado por una clase política degradada.
El creador de la ley se convirtió en enemigo creando leyes para un enemigo específico.
El que aplica esa ley, y que a su vez depende y obedece ciegamente a ese
congreso, tiene que juzgar a un enemigo. Las Autodefensas a merced de unos
enemigos institucionalmente degradados, inician su procesión como víctimas.
Los primeros cambios/ El silenciamiento siniestro de la Verdad:
Con cada cincelado de verdad que se le hacia a la Paz, caían los despojos de carne y huesos. Los autores intelectuales mutaban de hologramas a la levedad del ser humano. Poco a poco, se revelaban sus nombres. Cada versión libre, cada confesión los señalaban con poderosas evidencias. Eran ellos: Los Congresistas de Colombia, nuestros padres de la Patria. La Patria se estremecía con la Verdad. El poder macabro no da espera e inicia su estrategia de ataque a la Paz.
Un martes, de un mes, del 2008 varios "hacedores de Paz" inconstitucionalmente fueron callados, con la peor medida de castigo, aquel que inclusive sufrió Jesús por decir la Verdad. Los Comandantes Alvaro Tovar Pupo y Salvatore Mancuso fueron extraditados a los Estados Unidos de América. Corte Suprema de Justicia y Congreso realizaron el montaje, el falso positivo. Todo delito político lleva en su alma delitos conexos, bastaba este profundo contundente argumento de Derecho para que continuaran como "héroes de la Verdad" en su país natal. Al otro día, a Alvaro le asesinaron su hermano y a Salvatore su mejor amigo, un hermano para él. No los callaron. Esta fue la primera forma de exclusión.
El Congreso sin autoridad moral y cada vez más conformado por las castas políticas degradadas, y representando al Estado, de manera unilateral, violentando las reglas de juego, inicia reformando el marco jurídico para la paz.
Con cada cincelado de verdad que se le hacia a la Paz, caían los despojos de carne y huesos. Los autores intelectuales mutaban de hologramas a la levedad del ser humano. Poco a poco, se revelaban sus nombres. Cada versión libre, cada confesión los señalaban con poderosas evidencias. Eran ellos: Los Congresistas de Colombia, nuestros padres de la Patria. La Patria se estremecía con la Verdad. El poder macabro no da espera e inicia su estrategia de ataque a la Paz.
Un martes, de un mes, del 2008 varios "hacedores de Paz" inconstitucionalmente fueron callados, con la peor medida de castigo, aquel que inclusive sufrió Jesús por decir la Verdad. Los Comandantes Alvaro Tovar Pupo y Salvatore Mancuso fueron extraditados a los Estados Unidos de América. Corte Suprema de Justicia y Congreso realizaron el montaje, el falso positivo. Todo delito político lleva en su alma delitos conexos, bastaba este profundo contundente argumento de Derecho para que continuaran como "héroes de la Verdad" en su país natal. Al otro día, a Alvaro le asesinaron su hermano y a Salvatore su mejor amigo, un hermano para él. No los callaron. Esta fue la primera forma de exclusión.
El Congreso sin autoridad moral y cada vez más conformado por las castas políticas degradadas, y representando al Estado, de manera unilateral, violentando las reglas de juego, inicia reformando el marco jurídico para la paz.
La Ley 975 de 2005 sufrió gravísimas alteraciones
para intimidar, constreñir y coaccionar a los actores políticos desmovilizados
de las Autodefensas. Se creó la Ley 1592 de 2012, arbitraria por su
unilateralidad y por sus fines. La venganza contra un enemigo avanzaba,
entonces crearon una figura propia de un país lleno de instituciones
excluyentes que generan violencia armada, La “Exclusión” de la Justicia Transicional.
La finalidad inconstitucional de la “exclusión”
de la justicia penal transicional, consiste en lograr que los actores
desmovilizados de las Autodefensas, que como “héroes de paz” han arriesgado la
vida de sus familias, amigos e inclusive la de ellos mismos, por revelar la
verdad de la degradación del Congreso, ahora pierdan todos los beneficios obtenidos
y por lo tanto sean condenados como delincuentes comunes; primero quitándoles así
el estatus político; y segundo, sancionarlos con las más altas condenas
privativas de la libertad, superiores a 40 años de prisión, que equivale por la
mayoría de las edades de los actores, a una cadena perpetua con tratamientos penitenciario
que equivalen a su total desprotección y posterior eliminación física (asesinarlos).
El enemigo ha aplicado el derecho penal del enemigo, una forma
institucionalizada de venganza para acallarlos.
El segundo periodo de venganza:
En este segundo periodo intervienen en conjunto
el degradado Congreso de la República con el Gobierno Nacional y todo el
aparato judicial penal (fiscalía y magistrados de la Sala de Justicia y Paz con
su superior inmediato Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia), que como lo
hemos expresado depende del primero.
Por un lado, el Gobierno Nacional, a partir de
la elección del Presidente Juan Manuel Santos comienza un proceso de paz con
las guerrillas de izquierda de las FARC-EP, enemigo natural de las
Autodefensas, apoyadas por un sector del congreso como el senador Iván Cepeda, y
con una variante a su favor como la alcaldía de Bogotá quien fue electo un
guerrillero de izquierda desmovilizado, el señor Gustavo Petro. De otro lado,
un proceso de reelección del presidente Santos que mantuvo un congreso degradado,
pero al perder las elecciones en la primera vuelta electoral con el sector político
de un “héroe de la patria” señor Álvaro Uribe Vélez, obligó al presidente a
reforzar todo acuerdo con los congresistas y las castas o clanes familiares – políticos
para ganar la reelección en segunda vuelta.
Ganadas las elecciones dos promesas debía sostener
el presidente Santos: El dialogo con las FARC-EP, en un proceso de paz
interminable, ilegitimo y desinstitucionalizado, pues no cuenta con el apoyo
popular y sea atentado contra la dignidad de las Fuerzas armadas; y segundo,
tratar de mantener una “Unidad Nacional” de congresistas enfermos moralmente y
conformados, pero ahora reforzado, por los mismos clanes o castas familiares
que han sido denunciadas por los actores políticos desmovilizados de las
Autodefensas. El enemigo se hizo muy mucho más poderoso, con mayores
herramientas económicas y políticas para vencer a su enemigo.
Entonces, una forma clara de estrategia para
vencer al enemigo, era crear una “política de Estado” para vencer al enemigo. Esta
política consiste en poner a todas las instituciones del Estado: legales,
judiciales, carcelarias y económicas, puesto que todas dependen burocrática y económicamente
del Congreso y del ejecutivo nacional, al servicio de eliminar físicamente a los
actores políticos de las autodefensas.
Confiscación y Prisión Perpetua:
Para ello era necesario crear una nueva
normatividad que tenga por objeto la confiscación y prisión perpetua. El
Congreso, ahora denominado “Unidad Nacional” en asocio con el Gobierno Nacional, desarrollan el
inconstitucional Decreto 3011 de diciembre 26 de 2013 como retaliación por las
verdades narradas en los procesos penales transicionales por las Autodefensas
desmovilizadas.
Este nuevo Decreto, trae figuras dedicadas a
confiscar y expropiar los bienes que constituyen el mínimo vital de
supervivencia de la familia de los actores políticos de las autodefensas.
Igualmente, las condiciones para la prisión perpetua de los actores
prenombrados. Justo cuando la gran mayoría cumplen el tiempo máximo de la pena
alternativa acordada entre las partes con la Ley 975, aumentan el poder de la fiscalía
quien tiene la potestad de certificarles verdad y entrega de bienes, y colocan
toda clase de trabas para las revocatorias de medida de aseguramiento y
exigencia de libertad por cumplimiento de requisitos, sumado al
fortalecimiento de la laxitud y facilismo para acelerar la exclusión de la
justicia penal transicional. En otras palabras, están derrotando al enemigo.
De la Fiscalía:
Por parte de la Fiscalía General de la Nación,
que se erige como uno de los organismos judiciales más permeados por el
Congreso de la República y de los sectores denunciados por para-política,
puesto que un senador es quien le exige al Fiscal General la imposición de
cuotas burocráticas, se tienen múltiples declaraciones, llenas de soberbia, que
revelan sus formas inconstitucionales e ilegales de actuar en contra de los actores
políticos desmovilizados de las Autodefensas. Estas declaraciones prueban la “política
de Estado” denunciada.
Tenemos las declaraciones dadas a la prensa
nacional en el caso del comandante Marco Tulio Pérez Guzmán, de quien la fiscalía
ilegalmente pretende su exclusión. Expresó la fiscalía:
“Faltó a la verdad al no confesar. Y es que después
de un trabajo articulado entre las direcciones de Justicia Transicional,
Análisis y Contexto y Falsos Testigos de la fiscalía se logró evidenciar la
verdad.” (http://www.elespectador.com/noticias/judicial/el-oso-sale-de-justicia-y-paz-articulo-515968)
La Fiscalía General de la Nación muestra como
pone a trabajar, de forma ilegal, todo su aparato para buscar la exclusión y prisión
perpetua de los actores políticos mencionados. Así también sucedió con
comandantes como Edgar Fierro y Jonny Acosta Garizabalo quienes ahora que se
encuentran ad-portas de su inminente libertad, la fiscalía pretende prisión perpetua.
Para ello hicieron lo siguiente: Estos comandantes declararon en la justicia penal
transicional su participación en un hecho criminal que involucró a un poderoso
personaje de la vida privada y pública, con muchísima influencia política; después
de cumplir con una comprobada colaboración eficaz con la justicia, de manera
repentina en un proceso que se adelanta ante la justicia penal ordinaria que
investiga al personaje poderoso por ese hecho criminal (fiscalía de derechos
humanos), la fiscal del caso, les compulsa copia por el delito de falso
testimonio a la Fiscalía ordinaria de Falsos Testigos, quien un día antes de
una audiencia de petición de libertad y revocatoria de medida de aseguramiento
solicitada por el comandante Fierro, le imputa formalmente el delito de falso
testigo, este hecho tuvo como resultado la negación de la libertad solicitada
en la Justicia transicional, porque el fiscal de justicia penal transicional
solicito que le negaran la libertad porque la fiscalía de falsos testigos le
imputo un delito, entonces argumentó el fiscal que el Decreto 3011 de diciembre
26 de 2013 ordena que se niegue la libertad y revocatoria de medida de
aseguramiento a quien le hayan imputado un delito cometido con posterioridad a
la desmovilización y postulación a la justicia transicional, cuál fue el de
falso testigo. Esto en palabras sencillas, es sin dubitación alguna: La aplicación
del Derecho Penal del Enemigo, lleno de trampas para con la Paz de Colombia y
en contra de los actores políticos desmovilizados de las Autodefensas. (http://www.elespectador.com/noticias/judicial/don-antonio-excluido-de-justicia-y-paz-articulo-517504)
De los magistrados, Defensoría del Pueblo y procuradores delegados de la
Sala Penal de Justicia Transicional:
Para ser magistrado en Colombia es necesario
contar con el beneplácito de un congresista, de tal forma que cada magistrado pertenece
o se debe a una casta o clan familiar-político. Un caso ejemplar es el del
ahora magistrado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, señor Humberto
Sierra Porto, quien cuando fungía como magistrado de la Corte Constitucional de
Colombia, agradeció con un desayuno a la familia Name, uno de los clanes políticos
más influyentes de Colombia, del cual
Humberto Sierra Porto se encuentra ligado a través de un grupo de la masonería liderado
por este clan político.
Igual, sucede con los magistrados y
procuradores delegados de la Sala Penal de Justicia Transicional, quienes, a
excepción de la honorable e ilustre magistrada con funciones de garantía Zoraida Chalela Romano, casi todos hacen parte
de esa “política de Estado” que busca prisión perpetua para los actores políticos
prenombrados, y que significa, la función pública por parte de los nombrados funcionarios
judiciales de aplicar el “Derecho Penal del Enemigo”.
Tenemos ejemplos vivos, como es el caso de la
solicitud de libertad por cumplimientos de requisitos legales del comandante Juan
Francisco Prada Marquez (Juancho Prada), quien con criterios simplistas los
magistrados del Tribunal de Bucaramanga de la Sala Penal de Justicia
Transicional, le negaron la sustitución de medida de aseguramiento y de paso su
libertad.
Igual, ocurre con las exclusiones, en fin una
serie de formas en alianzas con la fiscalía y la procuraduría, sumado al
aparato más indecoroso de esta Nación: La Defensoría del pueblo, que depende
100% del congreso, es una de las instituciones más sometidas al clientelismo burocrático
de los congresistas. En nada le interesa la Paz y las victimas, puesto que con
cada actor político desmovilizado de las Autodefensas excluido quien pierde son
las víctimas. Esta Institución hace parte de la “política de Estado”
denunciada, y por lo tanto aplica el “Derecho Penal del Enemigo”.
Se resalta que este “Derecho Penal del Enemigo”
lleva ínsito la negación del conflicto armado en Colombia.
Por ultimo:
Podemos concluir que todo es la venganza por
relatar la verdad de nuestras degradadas instituciones políticas conformadas
por enfermos clanes familiares-políticos que se enriquecen de los dineros
públicos. La verdad había que callarla, que sepultarla y esto solo se puede
lograr sepultando a los "hacedores de verdad" que pueden ser llamados “Héroes de
Paz” por renunciar a la guerra cuando mayor poder tenían.